Socio numerario es cualquier persona física interesada en los fines de la Sociedad que solicite su ingreso y sea aceptada por la Junta Directiva. La condición de socio numerario da derecho a elegir y ser elegido para cualquier cargo de la Junta Directiva y asistir a cualquier actividad de la Sociedad con los beneficios que explícitamente se le otorguen.
Socio Institucional
Socio Institucional es cualquier institución docente o de investigación (de carácter público o privado) o entidad similar que lo solicite y sea aceptada por la Junta Directiva. Las entidades afiliadas tienen derecho a recibir el boletín de noticias y cualquier otra publicación periódica o comunicación electrónica, así como las demás publicaciones de la Sociedad en las mismas condiciones que los socios numerarios.
Socio Protector
Socio Protector: es cualquier persona física o jurídica que colabore financieramente al sostenimiento de la Sociedad. La condición de socio protector da derecho a figurar en la web y en la lista anual de socios protectores que aparecerá anualmente en el Boletín de la Sociedad y en demás publicaciones periódicas y medios de difusión electrónicos, a la asistencia personal o de varias personas, por designación de la entidad, a las actividades organizadas por la Sociedad, y a recibir las demás publicaciones o comunicaciones electrónicas en las mismas condiciones que los socios de número.
Socio de Honor
Socio de Honor: es una personalidad relevante del ámbito de las Ciencias y Técnicas del Frío y Bombas de Calor y sus aplicaciones, cuyo nombramiento sea aprobado por la Junta Directiva mediante propuesta razonada de un grupo de socios numerarios. Los Socios de Honor tendrán los derechos correspondientes a los socios numerarios y quedarán exentos del pago de las cuotas de asociado, sin perder, en su caso, su condición de socio numerario.
Socio Estudiante
Socio Estudiante: estudiante universitario de grado o posgrado, interesado en los fines de la Sociedad que solicite su ingreso y sea aceptado por la Junta Directiva. El estudiante asociado tiene los mismos derechos que los socios numerarios, excepto en la participación en la Asamblea General y en la elegibilidad para cargos en la Junta Directiva.